BOPA
Convocatoria subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la agenda 2030, línea 2: Proyectos de transformación sostenible, convocatoria 2026 (Emergencia Climática)

Órgano Convocante

Consejería de ordenación de territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos

Beneficiarios/Destinatarios

Entidades locales del Principado de Asturias

Actuaciones Subvencionables

Los proyectos subvencionables deben estar alineados con la establecida en las Bases Reguladoras, “Proyectos de transformación sostenible”, que contempla inversiones para la ejecución de acciones específicas y proyectos de transformación social para la promoción de comunidades más justas, equitativas, accesibles, pacíficas, seguras, resilientes y sostenibles, entre ellas:

  • Sostenibilidad medioambiental: Inversiones para la ejecución de:
    • Instalaciones de producción, almacenamiento y uso de energías renovables mediante la participación en Comunidades de energías renovables.
    • Acciones para la economía circular, prácticas sostenibles en la agricultura, soberanía alimentaria, medidas contra la contaminación del aire, el agua y el suelo, protección de la biodiversidad, reducción de la emisión de gases de efecto invernadero.
    • Acciones para la neutralidad climática, protección de la biodiversidad, modelos de consumo responsable, etc.
  • Sostenibilidad social: Inversiones para la ejecución de acciones de bienestar (salud comunitaria, sanidad, educación, vivienda, cultura, etc.), promoción de cuidados, reducción de desigualdades sociales en base a los derechos humanos, adopción de prácticas que valoren e incluyan a personas de distintos orígenes, género, etnia, capacidades y orientación sexual, creación de entornos vitales más seguros con una administración de justicia más eficaz, etc.
  • Sostenibilidad económica y gobernanza democrática: Inversiones para la ejecución de acciones para la equidad social y económica, trabajo decente, democratización y soberanía digital, participación ciudadana, prácticas de transparencia, etc.

 

Cuantía de la subvención

En función de la puntuación obtenida atendiendo a los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras y la ponderación máxima atribuida a cada uno de ellos.

El importe máximo de la subvención no podrá superar los siguientes porcentajes del presupuesto de la actuación, teniendo en cuenta la población de derecho de cada entidad local o supramunicipal:

  • Hasta un 90% del presupuesto en el caso de las entidades solicitantes con un número menor de 5.000 habitantes.
  • Hasta un 80% del presupuesto en el caso de las entidades solicitantes con un número entre 5.000 y 20.000 habitantes.
  • Hasta un 70% del presupuesto en el caso de las entidades solicitantes con un número entre 20.001 y 50.000 habitantes.
  • Hasta un 50% del presupuesto en el caso de las entidades solicitantes con un número mayor de 50.000 habitantes.

Se establece un importe máximo por actuación a subvencionar de CIENTO CINCUENTA MIL euros (150.000,00 €).

Finalidad

Fomentar acciones que favorezcan la implementación de la agenda 2030 y contribuir al desarrollo sostenible de Asturias, impulsando el apoyo a los municipios.

Plazo Solicitudes

VEINTE (20) DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución

Enlace a la Disposición

Boletín Oficial del Principado de Asturias

 

 

Más Información

Los formularios de solicitud se podrán descargar en la sede electrónica https://sede.asturias.es, introduciendo en el buscador de cabecera situado en la parte superior derecha, el código de la ficha de servicio AYUD0548T02

 

Plazo máximo para ejecutar las actuaciones subvencionadas

Los plazos para efectuar la ejecución de las actuaciones subvencionadas podrán fijarse en la resolución de concesión, estableciéndose con carácter general:

  • Para el cincuenta por ciento del importe abonado anticipadamente a la concesión de la subvención (primera anualidad), un plazo de ejecución del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
  • Para el cincuenta por ciento restante (segunda anualidad), un plazo de ejecución del 1 de enero al 30 de junio de 2027.

Otros enlaces de interés

Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas

Compartir

Jun. 15, 2026

Consúltanos aquí.