Actuaciones subvencionables:
- Línea 1.- Instalación eléctrica interior de la vivienda, incluidas en su caso las instalaciones necesarias para adaptar la instalación interior a instalaciones de autoconsumo o puntos de recarga de vehículo eléctrico (incluida su derivación individual, salvo que ya estuviera subvencionada dentro de la línea 2.)
- Línea 2.- Centralización de Contadores, Línea General de Alimentación, Caja General de Protección (y opcionalmente Derivaciones Individuales), incluyendo en su caso, las reformas necesarias para adaptar la centralización a futuras instalaciones de autoconsumo o puntos de recarga de vehículo eléctrico.
Se debe elegir una de las tres opciones:
- Opción 1: Centralización de Contadores, la Línea General de Alimentación y la Caja General de Protección.
- Opción 2: En este caso se trata de la renovación de las derivaciones individuales de todos los suministros del edificio (servicios comunes, viviendas, garajes comunitarios, oficinas, etc.), exceptuando locales comerciales en planta baja e inferiores.
- Opción 3: En este caso se trata de la renovación de las instalaciones incluidas en la opción 1, incluyendo además la renovación de las derivaciones individuales de todos los suministros del edificio (servicios comunes, viviendas, garajes comunitarios, oficinas, etc.), exceptuando locales comerciales en planta baja e inferiores.
- Línea 3.- Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio. Esta línea se refiere a la instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio.
- Línea 4.- Instalación eléctrica interior del garaje. Esta línea se refiere a la instalación eléctrica interior del garaje para más de cinco plazas de estacionamiento.