Serán subvencionables aquellas iniciativas de plantas de producción de energía eléctrica y/o térmica a partir de energías renovables, de forma individual o con combinaciones de varias instalaciones contempladas en la siguiente lista:
- Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración
- Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biomasa
- Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biogás
- Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica con almacenamiento eléctrico
- Centrales hidroeléctricas con almacenamiento eléctrico
- Instalaciones solares fotovoltaicas con almacenamiento eléctrico.
- Instalaciones de producción de energía térmica
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de biomasa
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de biogás
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de geotermia o hidrotermia
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de aerotermia
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de energía solar con almacenamiento térmico.