Serán objeto de subvención las siguientes líneas de actuación o partes de las mismas, las
cuales, no son excluyentes entre sí:
- Línea 1.- Instalación eléctrica interior de la vivienda.
- Línea 2.- Centralización de Contadores, Línea General de Alimentación, Caja General de Protección
(y opcionalmente Derivaciones Individuales).
- Línea 3.- Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio.
- Línea 4.- Instalación eléctrica interior del garaje.