Desde FAEN, compartimos algunas ideas clave del nuevo Real Decreto Ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico⚖️. Aquí lo más destacado:
🔋 Almacenamiento y flexibilidad
- Se añaden las instalaciones de almacenamiento que inyecten energía en las redes de transporte o distribución de energía eléctrica a la lista de infraestructuras que pueden ser declaradas de utilidad pública. ⚡
- Se agiliza la tramitación administrativa de los expedientes, especialmente en el caso del almacenamiento hibridado y también se eliminan ciertos trámites ambientales para la incorporación de almacenamiento a instalaciones ya existentes.
- Se incorporan nuevas medidas de flexibilidad entre las que destaca la figura del agregador independiente.
📞Distribuidoras: nuevos derechos y deberes
- Se establece la obligación de que las empresas distribuidoras dispongan de un servicio de atención a los titulares de instalaciones de autoconsumo, incluido el gestor.
- Este nuevo servicio servirá para resolver quejas, reclamaciones e incidencias, así como obtener información sobre los siguientes pasos para tramitar el autoconsumo.
⚡Medidas destinadas a la electrificación
- Para profundizar en el proceso de electrificación de la economía y agilizar la adaptación de la infraestructura eléctrica a las necesidades del tejido productivo, cada tres años se revisará la planificación de la red de transporte en vigor.
- Se fija en cinco años el plazo de caducidad de los derechos de acceso a la red.
🏗️ Electrificación industrial
- Se incorpora de nuevo una exención del 80% de los peajes eléctricos a la industria electrointensiva.
🚗 Movilidad eléctrica
- Se simplifican los procesos de conexión para las acometidas de los puntos e recarga para vehículos eléctricos, quedando exentas de autorización, siempre que no sea necesaria una evaluación de impacto ambiental ni una declaración de utilidad pública.
🏘️Electrificación de la climatización en Comunidades de Vecinos
- Se incorpora la aerotermina y la geotermia en varios artículos de la Ley sobre Propiedad Horizonta. Se habilita a llos Ayuntamientes la posibilidad de aplicar deducciones del 50% en IBI y 95% en ICIO, como ya ocurre en el autoconsumo.
🌿 Despliegue de renovables y repotenciación
- Se fomenta la renovación de instalaciones de generación y su repotenciación reduciendo plazos administrativos y simplificando el trámite ambiental.
- Se facilita la ejecución de los proyectos de renovables, introduciendo la autorización de explotación para pruebas y se extienden los plazos para lograr las autorizaciones de tecnología hidráulica de bombeo.
🤝 Autoconsumo
- Para instalaciones en cubierta o suelo industrial en régimen de autoconsumo a través de red con potencias de hasta 5 MW, se amplía la distancia máxima para su realización 2.000 m a 5.000 m..
- Se introducen nuevas tipologías de autoconsumo
- Nace la figura del gestor del autoconsumo: Persona o entidad autorizada que representa los intereses de los consumidores asociados a un autoconsumo, tras la autorización de estos últimos, para llevar a cabo las gestiones necesarias en su nombre.
📌 Para más información, podéis consultar los documentos adjuntos a este post donde se detalla cada uno de los puntos a los que hemos hecho referencia.
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